Con fecha 23 de febrero de 2026, se publicó en el Sexto Suplemento del Registro Oficial No. 229 la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, vigente desde su publicación.

A continuación, incluimos los principales aspectos:

La reforma establece que los GAD participarán del 21% de los ingresos permanentes y del 10% de los ingresos no permanentes del Presupuesto General del Estado. Sin embargo, en el caso de los GAD provinciales y municipales, estos porcentajes estarán condicionados al cumplimiento de la denominada “Regla de Asignación Mínima Prioritaria”.

Dicha regla exige destinar al menos el 70% del presupuesto institucional anual codificado de egresos no financieros a gasto no permanente orientado a inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura y activos vinculados a la prestación de servicios públicos.

La aplicación será progresiva: 65% en 2026 (desde junio), 68% en 2027 y 70% a partir de 2028.

El cumplimiento será obligatorio en todas las fases del ciclo presupuestario y requerirá la incorporación de un Anexo específico en la proforma y sus reformas, cuya observancia será condición para su aprobación. Además, los GAD deberán publicar trimestralmente el indicador correspondiente.

Varios GAD han anunciado la interposición de acciones de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, alegando posibles afectaciones al principio de autonomía.

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