Con fecha 29 de agosto de 2025, mediante Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 113 se publicó la Resolución No. 15-2025 expedida por parte de la Corte Nacional de Justicia, que declara como precedente jurisprudencial obligatorio, el siguiente punto de derecho:
“En materia laboral, la declaración de parte del actor no constituye, por sí sola, un medio de prueba idóneo y suficiente para acreditar los hechos afirmados en la demanda. De tal manera que, para que dicha declaración adquiera suficiencia probatoria, debe encontrarse corroborada por datos externos de carácter objetivo que permitan someterla a un examen de credibilidad, verosimilitud y fiabilidad.”
La resolución tendrá efectos generales y obligatorios, inclusive para la propia Corte Nacional de Justicia y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

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