Con fecha 16 de mayo del 2024, el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000018 mediante la cual modifica el plazo de atención a ciento veinte (120) días hábiles para la devolución de los valores por concepto de retención del impuesto a la renta realizada a no residentes beneficiarios de convenios para evitar la doble imposición suscritos entre Ecuador y otras partes contratantes.
Cabe señalar que antes de esta reforma, el término de atención era de sesenta días hábiles.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

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