Mediante Resolución emitida con fecha 27 de septiembre del año 2022, el Servicio de Rentas Internas, establece las normas que regulan la obligación de presentar información respecto de los beneficiarios finales, así como la información de los integrantes de la composición societaria ante la Administración Tributaria.

Estas normas tienen como finalidad, fortalecer el control, supervisión y análisis por parte de la Administración Tributaria, transparentando la información en cooperación con las entidades que luchan contra la corrupción y el crimen organizado.

También tiene como propósito velar por el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa internacional conforme a la legislación suscrita en el Ecuador. 

CRITERIOS GENERALES PARA IDENTIFICAR AL BENEFICIARIO FINAL:

Persona Jurídica que no sea fideicomiso:

Toda persona natural que posea un mínimo del 10 por ciento (10%) del capital, de los derechos al voto, distribución de dividendos, utilidades, beneficios o rendimientos. Así como también toda persona natural que, como unidad de decisión, ejerza facultades para remover o designar órganos de administración, dirección o supervisión, o tenga poder de decisión en los acuerdos financieros, operativos y/o comerciales que se adopten, o que ejerza otra forma de control de la persona jurídica.

Fideicomiso:

Personas naturales que ostenten la calidad de fideicomitente o constituyente que teniendo la calidad de partícipe o inversionista ejerza el control efectivo final del patrimonio, resultados o utilidades en el fideicomiso, según corresponda. En el caso de otro tipo de estructuras jurídicas, beneficiario final incluye a las personas naturales que ostenten una posición similar o equivalente a las mencionadas para los fideicomisos.

OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES:

  • Identificar a sus beneficiarios finales.
  • Identificar a cada integrante de su cadena de titularidad.
  • Presentar de manera completa y exacta al Servicio de Rentas Internas el anexo que dispondrá esta autoridad a través de resolución de carácter general.
  • Disponer de la documentación soporte que avale la residencia de su cadena societaria.

Obligación del beneficiario final de identificarse:

Todo beneficiario final de las personas jurídicas y de las estructuras jurídicas deberá revelar por escrito dirigido a los representantes legales, administradores, agentes fiduciarios o protectores de dichas personas y estructuras, toda la información que sea requerida para el Registro de Beneficiarios Finales por el Servicio de Rentas Internas. Esta información deberá ser completa, adecuada y exacta.

La responsabilidad de la calidad de esta información recaerá sobre el sujeto obligado. Exclusivamente cuando actúen a nombre o en representación de clientes en transacciones relacionadas a intercambio de bienes muebles, actividades comerciales y creación, operación, administración o transformación de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.

Registro de Beneficiarios Finales:

La información que reposare en el Registro de Beneficiarios Finales, las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias, a través de sus máximas autoridades y sus delegados, tendrán acceso únicamente a la información necesaria para el estricto ejercicio de sus facultades y competencias. Esta información es de carácter reservada, por lo tanto, su tratamiento debe cumplir los respectivos estándares internacionales y prácticas que garanticen su confidencialidad.

Las personas jurídicas a través de sus representantes legales conservarán la información que respalde el anexo que contenga la información sobre sus beneficiarios finales e integrantes de la cadena de titularidad, así como los procedimientos de debida diligencia que apliquen, durante el plazo de cinco años.

Disposiciones Transitorias:

Las instituciones del estado deberán proporcionar la información al SRI, sobre beneficiarios finales e integrantes de la cadena de titularidad de las personas jurídicas y estructuras jurídicas que repose en su poder hasta el 31 de diciembre del 2023.

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