Con fecha 03 de marzo del 2025, el Presidente de la República, emitió, mediante Decreto Ejecutivo No.551, el Reglamento a la Ley Orgánica de Alivio Financiero para el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador (LOAFFEGE).
A continuación, incluimos los aspectos más relevantes contemplados en el Reglamento:
Aspectos Tributarios
Crédito tributario por no desvinculación de personal
Se otorgará crédito tributario de impuesto a la renta a favor de empresas que mantengan el empleo sin reducción salarial durante el último trimestre de 2024. Se entenderá que la condición de mantener la vinculación laboral se cumple si los trabajadores conservan las mismas condiciones remunerativas de septiembre durante el período octubre-diciembre de 2024. Se establecen categorías de empresas en función de sus ingresos brutos anuales de 2023 y su incremento en más del 10% respecto a 2022. Los ingresos se consideran similares si varían hasta un 10%.
Condonación de obligaciones tributarias para contribuyentes RIMPE
El Servicio de Rentas Internas (SRI) dispondrá la extinción de las obligaciones tributarias del impuesto a la renta de los ejercicios fiscales 2022 y 2023 para quienes formaron parte de este segmento de contribuyentes. También se condonarán las sanciones accesorias y pecuniarias por omisión en la declaración del impuesto a la renta. Si se verifica que el contribuyente debió tributar bajo el régimen general, se realizará la determinación correspondiente dentro de los plazos de caducidad.
Extinción de obligaciones tributarias en mora
Se considerará la extinción de tributos, intereses y multas en mora de pago por un año o más, siempre que el valor total no supere un salario básico unificado del trabajador en general. Para que aplique esta extinción, se debe demostrar que la administración tributaria ha realizado alguna acción de cobro o coactiva sobre dichos valores.
Enajenación ocasional de inmuebles
Se sustituye el artículo 18 del Reglamento para la Aplicación a la Ley de Régimen Tributario Interno, estableciendo que las ganancias generadas en enajenaciones ocasionales de inmuebles por personas naturales o jurídicas (incluyendo anexos como parqueaderos y bodegas, siempre que la transferencia sea en un solo acto) no estarán sujetas al impuesto a la renta.
Los costos, gastos e impuestos incurridos por estas enajenaciones no serán deducibles. Se define que las enajenaciones no son ocasionales, sino habituales, si son realizadas dentro del giro empresarial de lotización, urbanización, construcción y promoción de inmuebles.
Condonación de Intereses y Multas
Se dispone la condonación del 100% de intereses y multas generadas por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) hasta el 30 de junio de 2025. Hasta esa fecha, no será obligatorio pagar intereses por mora o multas para renovar licencias y matrículas vehiculares.
Asimismo, se condonan los intereses de créditos agroproductivos en mora con BANECUADOR, en coordinación con el Ministerio de Agricultura y BanEcuador.
Crédito Educativo
Se establecen beneficios de remisión de deudas educativas en proceso de cobro administrativo o coactivo a través de la SENESCYT. Los beneficiarios deben presentar una solicitud dentro de 180 días desde la vigencia de la ley. Se concede un plazo de gracia de 12 meses sin intereses ni recargos, seguido de 150 días adicionales para cancelar el saldo pendiente. Se condona la totalidad de la deuda a personas con discapacidad y enfermedades catastróficas.
Apoyo a MIPYMEs y Emprendimientos
Se establecen medidas para la reprogramación de obligaciones financieras de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMEs) afectadas por la crisis económica que mantengan créditos con instituciones del sector público, privado y de la economía popular y solidaria.
Para acceder a beneficios tributarios, estas deben estar inscritas en registros oficiales.
Además, se facilita su acceso a mercados, asistencia técnica y capacitación.
Deudores del Sistema Financiero Público
Los deudores podrán acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos mediante una solicitud formal. Una vez aprobada, se suspenderán los procesos coactivos, y las entidades establecerán normativas para el pago del saldo de capital.
Condonación de Deudas de la Banca Cerrada
La condonación aplica a operaciones no vinculadas con un monto máximo por operación. Las reestructuraciones seguirán plazos y tasas de interés establecidas en la Ley de Reestructuración de Deudas de la Banca Pública y Cerrada.
El presente Reglamento regirá a partir de su publicación en el Registro Oficial.

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