Con fecha 10 de febrero del año 2025, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, emitió la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2025-0006, fija la contribución de las compañías para el año 2025.


A continuación, incluimos los aspectos más relevantes:

Contribución societaria

Se fija en el uno por mil de sus activos reales la contribución para las compañías y otras entidades sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, cuyos activos reales superen los US$100.000,00.

Tarifa

Se aplicará la siguiente tabla para el cálculo de la contribución del año 2025:

Salvedad

Los sujetos pasivos que posean el 50% o más de su capital social representado por acciones pertenecientes a instituciones de derecho público o privado con finalidad social o pública, pagarán únicamente el 50% de la contribución.

Plazo

El valor de la contribución de 2025 debe depositarse hasta el 30 de septiembre de 2025 en la cuenta de recaudaciones de la Superintendencia de Compañías.

Las compañías que hasta el 30 de septiembre de 2025 hayan pagado al menos el 50% de la contribución podrán cancelar el otro 50% hasta el 31 de diciembre de 2025 sin recargo ni penalidad, previa solicitud a través del portal web de la Superintendencia.

Compañías Holding

Las compañías holding o tenedoras de acciones y sus vinculadas, podrán presentar estados financieros consolidados y pagar la contribución sobre los activos reales reflejados en dichos estados.

Compañías Extranjeras

En el caso de empresas extranjeras (estatales, privadas o mixtas) que operan en el país como personas jurídicas, la contribución se calculará tomando como base los activos reales registrados o declarados en el país y reflejados en sus estados financieros presentados a la Superintendencia.

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