Con fecha 31 de mayo de 2026, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, emitió el Acuerdo Ministerial Nro. MPCEI-MPCEI-2026-0035-A, el cual actualiza el listado de subpartidas arancelarias que se benefician de una tarifa diferenciada del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para el ejercicio fiscal 2026.

Esta actualización responde a una evaluación técnica trimestral que analizó solicitudes de sectores productivos para incluir, mantener o excluir ítems, asegurando la sostenibilidad de las finanzas públicas.

Principales Aspectos

Se dispone que las subpartidas arancelarias contenidas en el Anexo actualizado aplicarán las tarifas diferenciadas del ISD conforme lo previsto en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Nro. 272 de 30 de diciembre de 2025, esto es:

  • 0% para las subpartidas arancelarias correspondientes al sector farmacéutico; y,
  • 2,5% para las subpartidas arancelarias correspondientes a los demás sectores productivos.

Se aclara que, en caso de que una subpartida arancelaria incluida en el anexo actualizado derive de una apertura, desdoblamiento o actualización de nomenclatura arancelaria respecto de una subpartida previamente beneficiaria de la tarifa diferenciada del ISD, dicha subpartida mantendrá la tarifa diferenciada asignada a la subpartida original, siempre que conserve la misma naturaleza del bien, uso productivo y correspondencia sectorial que motivó su inclusión inicial en el listado.

La aplicación de esta disposición no implica la extensión del beneficio a mercancías distintas, productos terminados o bienes que no guarden relación con los criterios técnicos y parámetros establecidos para la aplicación de la tarifa diferenciada del ISD.

El Acuerdo Ministerial entra en vigor a partir del 1 de junio de 2026.

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