Con fecha 30 de mayo de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000010, cuyo objetivo principal es calificar a determinados sujetos pasivos como Agentes de Retención. Esta resolución actualiza el listado vigente, lo que implica la inclusión de nuevos contribuyentes y la exclusión de otros previamente designados.

A continuación, presentamos los aspectos más importantes:

Obligaciones para los nuevos agentes de retención

Los sujetos pasivos que son calificados como nuevos agentes de retención deberán cumplir con todas las obligaciones tributarias y deberes formales asociados a dicha calificación.

Estas obligaciones inician a partir del 01 de junio de 2025 y continuarán en los periodos fiscales siguientes mientras esta calificación se mantenga.

Actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC)

La calificación o exclusión como «Agente de Retención» se actualiza de oficio (automáticamente) en el RUC de los sujetos pasivos afectados por la Resolución.

Los sujetos pasivos pueden reimprimir su RUC actualizado a través del sitio web del SRI (www.sri.gob.ec), en la sección «SRI en línea», utilizando su clave de medios electrónicos.

Actualización del Sistema de Facturación Electrónica

Los sujetos pasivos que han sido incluidos o excluidos del listado de agentes de retención deben actualizar su sistema de facturación electrónica.

El plazo máximo para esta actualización es de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de vigencia de la Resolución.

La Resolución entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial.

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