Con fecha 5 de mayo de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció la habilitación del formulario para que las personas naturales inscritas en el régimen RIMPE presenten su declaración de Impuesto a la Renta correspondiente al periodo fiscal 2024 durante el mes de mayo de 2025.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes:

Obligación de Declaración

Las personas naturales bajo el régimen RIMPE, que incluye tanto a Negocios Populares (ingresos anuales hasta USD 20,000) como a Emprendedores (ingresos entre USD 20,000 y USD 300,000), deberán presentar su declaración de Impuesto a la Renta del periodo fiscal 2024. Esta declaración se realiza a través del formulario disponible en la plataforma SRI en Línea.

El cálculo del impuesto se basa en los ingresos brutos, definidos como los ingresos gravados percibidos, menos descuentos y devoluciones. Para los Negocios Populares, también se incluyen los sueldos pagados a empleados afiliados al IESS, siempre que se hayan cumplido las obligaciones legales con esta institución al momento de la declaración.

Tablas Progresivas para el Cálculo del Impuesto a la Renta:

RIMPE Negocios Populares:

Límite Inferior (USD)Límite Superior (USD)Impuesto a Pagar (USD)
02,500.000
2,500.015,000.005
5,000.0110,000.0015
10.000,0115.000,0035
15.000,0120.000,0060

RIMPE Emprendedor Persona Natural:

Límite Inferior (USD)Límite Superior (USD)Impuesto fracción básica (USD)Tipo Marginal sobre fracción básica excedentes
20.000,0150.000,0060,001%
50.000,0175.000,00360,001,25%
75.000,01100.000,00672,501,50%
100.000,01200.000,001.047,501,75%
200.000,01300.000,002.797,522%

Las personas naturales que pertenecen al régimen RIMPE deberán declarar y pagar su impuesto a la Renta, según el siguiente calendario:

Noveno digito de cedula o RUCVencimiento (Hasta el día)
112 de mayo
212 de mayo
314 de mayo
416 de mayo
519 de mayo
620 de mayo
722 de mayo
826 de mayo
926 de mayo
028 de mayo

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