Con fecha 23 de enero del 2025, la Corte Constitucional del Ecuador, mediante Sentencia No. 94-24-IN/25, declaró la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, promulgada como Decreto Ley 477 por parte de la Presidencia de la República.
Efectos de la sentencia dictada por la Corte Constitucional
Estas son algunas de las disposiciones que han sido derogadas por el dictamen de inconstitucionalidad de la Corte Constitucional:
- Se deja sin efecto el impuesto del 1% del valor de la transferencia de los vehículos usados, destinados al transporte terrestre
- Se deja sin efecto las reformas institucionales para el combate del lavado de activos (facultades de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE)
- Se deja sin efecto la reformas a la Ley de Compañías, en la que se estableció la existencia de una nueva figura de sociedad anónima deportiva (SAD).
Efectos retroactivos de la decisión de la Corte Constitucional Por último, la Corte decidió otorgar efectos retroactivos a su sentencia, ya que el Decreto-ley nunca debió haber entrado en vigor debido al vicio de inconstitucionalidad en su origen. Esto significa que cualquier efecto jurídico que haya producido el decreto desde su publicación el 10 de diciembre de 2024, se retrotrae y queda sin efecto.

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