Con fecha 29 de diciembre de 2023, el Presidente de la República emitió el Decreto No. 99, que reforma al Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y al Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios.

REFORMAS AL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO

Declaración y Pago Anticipado del Impuesto a la Renta

Los sujetos pasivos podrán efectuar el pago voluntario anticipado del impuesto a la renta, a partir del mes siguiente a la presentación de la declaración de impuesto a la renta del ejercicio corriente y hasta el 31 de enero del año siguiente.

Anteriormente la fecha para la declaración y pago del anticipo estaba establecida únicamente hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente.

Estos valores constituyen crédito tributario para la liquidación del impuesto del respectivo ejercicio fiscal.

Plazo para Sustentar el Crédito Tributario de IVA

El proveedor de bienes y servicios a quien se le haya retenido el IVA, mediante los comprobantes de retención del IVA justificará el crédito tributario de dicho impuesto, quien deberá mantener dichos soportes por el plazo de siete años.

Anteriormente estaba determinado por el plazo máximo de prescripción de cada obligación tributaria.

Plazo de conservación de documentos

Se establece como plazo mínimo de siete años para la conservación de documentos tributarios.

Servicios de Salud

Se considera como parte de los servicios de salud, aquellos prestados tanto a humanos, como a animales.

REFORMAS AL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS

Requisitos para las facturas, notas de venta, liquidaciones de compras de bienes y prestación de servicios, notas de crédito y notas de débito para grandes contribuyentes

Los sujetos pasivos calificados por la Administración Tributaria como Grandes Contribuyentes, deberán incorporar en sus comprobantes de venta electrónicos, la leyenda: «Gran Contribuyente» y el número de la resolución mediante la cual fueron calificados como tal.

Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el registro oficial.

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