Con fecha 06 de diciembre de 2023, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), emitió la Resolución No. UAFE-DG-2023-0725, que tiene como objeto, notificar como sujetos obligados a reportar a la UAFE, los siguientes:
a) Jueces y fiscales;
b) Personal que forme parte de la cúpula militar y policial en servicio activo y pasivo;
c) Directores de los centros de rehabilitación social y guías con rango de jefaturas;
d) Gerentes y directores de las aduanas, aeropuertos y puertos públicos y privados; y,
e) Asambleístas.
Aspectos importantes:
- Los sujetos obligados deberán remitir a la UAFE un reporte de sus propias operaciones nacionales e internacionales cuya cuantía sea igual o superior a diez mil dólares de los Estados Unidos de América (USD10.000) o su equivalente en otras monedas, dentro de los quince días posteriores al fin de cada mes.
- Para el envió de los reportes se utilizará el Sistema para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SISLAFT).
- Deberán registrar en el SISLAFT, dentro de los quince días posteriores al fin de cada mes, la no existencia de transacciones y operaciones que igualen o superen el umbral legal.
- Los sujetos obligados tienen la obligación de gestionar ante la UAFE, la solicitud de código de registro.
- Los sujetos obligados deberán obtener su respectivo código de registro en la UAFE, entre 15 de diciembre de 2023 y el 15 de enero de 2024.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de la publicación en el Registro Oficial.

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